Como parte de la reforma al Código Penal, el 29 de junio se aprobó la figura de la legítima defensa la cual permitirá que ante la intromisión de cualquier persona a la vivienda (ladrón, delincuente, o no) que atente contra la integridad física o bienes patrimoniales, el morador tendrá la posibilidad de defenderse sin ser procesado penalmente.
La propuesta se votó por unanimidad y dicta que en caso de asalto o robo con violencia, si la víctima golpea, hiere, o mata al delincuente estará amparada por la ley.
La diputada Libia Denisse García Muñoz Ledo, integrante de la comisión, señaló: “cuando un intruso llegue a una casa habitación, quien esté en ella podrá repeler la agresión bajo cualquier circunstancia, con uso de los mecanismos o los elementos que tenga a la mano, y de ninguna manera será imputado penalmente”.
Muñoz Ledo aclaró que la iniciativa sólo garantiza la legítima defensa en viviendas y no en negocios o automóviles propiedad de la víctima, aunque se prevé que en el futuro se aplique del mismo modo.
“La figura solamente es para casas habitación, pero incluye todo a la redonda, es decir nuestro patio, jardín, azoteas y bardas” señaló.
Cabe destacar que la figura también se aplicará a los policías quienes utilicen su uniforme, entren a los domicilios, abusen de su autoridad y comentan robo.
“La gran ventaja de esta reforma es que cuando ingresen al domicilio con la finalidad de agredir, se utilice cualquier mecanismo de defensa, así sea un supuesto policía” o cualquier delincuente preparado.